Polémica en Brasil por intentos de cambiar la definición de trabajo esclavo


ComuniaRSE. -El Instituto Ethos y la organización InPacto presentaron una carta de rechazo a los intentos de cambiar el contenido del artículo 149 del Código Penal de Brasil para excluir de la definición de trabajo esclavo a las condiciones degradantes de trabajo y a la jornada laboral exhaustiva. 
19 de diciembre de 2014

Se presentó ante la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado una propuesta de reforma del Código Penal que cambia el contenido del artículo 149 que trata el delito de trabajo esclavo.

Los cambios excluyen dos situaciones de la definición de trabajo análogo a la esclavitud:

1) Las condiciones degradantes de trabajo: situaciones que violan los derechos fundamentales o que ponen en peligro la vida y la salud del trabajador;

2) Jornada laboral exhaustiva: cuando un trabajador está sometido a un régimen laboral con tanta fuerza que su vida y su salud se ponen en riesgo.

Ethos y el Instituto de Pacto Nacional para la Erradicación del Trabajo Esclavo (InPacto) se oponen a los cambios debido a que “estas dos condiciones de trabajo, junto con la servidumbre por deudas y la obligación de trabajo a través de amenazas, fraude y aislamiento geográfico caracterizan los casos más comunes de trabajo esclavo. Si la reforma es aprobada por la CCJ se tratará de un retroceso en la lucha contra el trabajo esclavo en Brasil”.

“Si se aprueban las enmiendas, el Congreso Nacional dejará de cumplir acuerdos y compromisos internacionales, violando el principio internacional de prohibición del aislamiento social, razón suficiente para desencadenar una denuncia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Organización de Estados Americanos (OEA)”, afirman Caio Magri, presidente de InPActo y Jorge Abrahão, presidente de Ethos, en la carta enviada al Senado. 


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