Derecho al olvido: ¿tiempo de volver atrás?


El blog de Enrique Dans.- - Han pasado ya más de seis meses desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor de Mario Costeja y la Agencia Española de Protección de Datos frente a Google en el caso que consagró la supuesta existencia del “derecho al olvido“. La sentencia provocó que Google crease un mecanismo para dar curso a las solicitudes de eliminación de información de su índice, poniendo a la compañía en la posición de convertirse, muy a su pesar, en juez que decide sobre asuntos en los que, en realidad, no solo no existe como tal la posibilidad de obligar al olvido, sino que además, y por pura lógica, nunca debería corresponderle decidir.
18 de noviembre de 2014

Desde el momento de un fallo tan absurdo como confuso, todo lo que hemos visto ha sido una procesión de casos problemáticos, cada uno peor que el anterior: empezamos con el evidente ataque a la libertad de prensa e información que suponía el ejercicio de ese recién consagrado “derecho al olvido”: instituciones como la Wikimedia Foundation prometiendo luchar contra la censura que de manera efectiva supone, medios como The Guardian o la BBC viéndose amenazados y publicando la lista de artículos eliminados, intentos de dar un carácter global a una medida ya de por sí absurda,usuarios rellenando peticiones con información falsa, y casos que van desde pianistas que piden a un periódico que elimine las críticas de una actuación desgraciada, hasta incluso pederastas o terroristas y criminales de todo tipo que se aprovechan del tema para eliminar las referencias a sus delitos, cuestión de la que hemos tenido evidencia reciente en España cuando un diario ha recibido notificaciones de la eliminación de los resultados de Google de tres noticias fechadas en 2008 en las que se daba cuenta del proceso judicial de los integrantes del “comando Vizcaya” de la banda terrorista ETA.

A seis meses del fallo del TJUE, en el que la Corte contravenía expresamente la opinión de su senior adviser, la cuestión está ya suficientemente clara: la instauración de ese supuesto “derecho al olvido”no arregla nada que de verdad tuviese que ser arreglado, y sí es potencialmente capaz de estropear muchas cosas que sí funcionaban y con las que no era en absoluto recomendable meterse. Es, en resumidas cuentas, un desastre, un esperpento judicial mal diseñado, una muestra de la inadaptación a un escenario tecnológico sin vuelta atrás, en el que las leyes o los jueces no van a ser capaces de cambiar, por mucho que lo intenten, la forma en la que funcionan las cosas. Tratar de buscar formas de “arreglar” cosas que no están estropeadas, sino que simplemente funcionan así, es no solo una pérdida de tiempo, sino además, una forma de comprometer otros derechos y mecanismos más importantes. Es, básicamente, jugar al “aprendiz de brujo judicial”, con todo lo que ello conlleva.

¿Cuántas demostraciones más vamos a necesitar para entender que el fallo del tribunal fue un craso error de concepción, que crea más problemas de los que resuelve, y que es preciso revisarlo? ¿Cómo de lenta puede llegar a ser la justicia a esos niveles para plantearse corregir sus propios errores?


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