CCOO contra la trata de personas


CCOO Revista TRabajadora. - Ayer, 30 de julio, se celebró por primera vez el Día Mundial de las Naciones Unidas contra la Trata de Personas y CCOO desea recordar que el delito de trata existe en el Código Penal español en su artículo 177 bis: TÍTULO VII bis y se define del siguiente modo: “Será castigado con la pena de cinco a ocho años de prisión como reo de trata de seres humanos el que, sea en territorio español, sea desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, la captare, transportare, trasladare, acogiere, recibiere o la alojare con cualquiera de las finalidades siguientes: a) La imposición de trabajo o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud o a la servidumbre o a la mendicidad. b) La explotación sexual, incluida la pornografía. c) La extracción de sus órganos corporales”.
31 de julio de 2014

Desde hace unos años el portal de la Policía Nacional (dependiente del Ministerio del Interior español) cuenta con un apartado específico sobre trata de personas:http://www.policia.es/trata/index.html y también cuenta con información sobre cómo realizar colaboración ciudadana en este delito: Tfno: 900105090, trata@policia.es y #contralatrata@policia.

CCOO en su preocupación por este delito ha publicado en los últimos años varias entrevistas, en su revista Trabajadora, donde se llama la atención sobre este gravísimo problema, haciendo hincapié en la protección y defensa de las víctimas implicadas y en exigir a las autoridades que trabajen desde la perspectiva de los derechos humanos.

Más información de la campaña Corazón Azul de Naciones Unidas en: www.endht.org



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