Pluses en el trabajo
La retribución de los pluses por trabajos peligrosos, tóxicos o penosos debe estar prevista de forma específica en el convenio o en el contrato individual
16 de mayo de 2008
Bomberos, trabajadores de la construcción, manipuladores de
elementos químicos... son profesionales que tienen un alto riesgo de
sufrir percances en el ejercicio de su trabajo, por lo que, en la
mayoría de los casos, perciben una serie de pluses, llamados de
peligrosidad, penosidad y toxicidad. Estos complementos están regulados
en los convenios colectivos y, en muchas ocasiones, son la única manera
de elevar los salarios de los trabajadores.
Peligrosidad, penosidad y toxicidad
La siniestralidad laboralalcanza en nuestro país cotas elevadas, especialmente en el sector de
la construcción. Sin embargo, términos como "peligrosidad", "toxicidad"
o "penosidad" son desconocidos normalmente para los trabajadores.
-
Peligrosidad: Según el
Ministerio de Trabajo y las leyes que regulan dichos pluses, la
peligrosidad del puesto deriva de la existencia de un riesgo adicional,
debido a la inseguridad de su desempeño ante un eventual ataque o daño.
De este modo, se consideran peligrosos, a título de ejemplo, los
siguientes trabajos:
- El de los bomberos de un aeropuerto.
- El del encargado de un animalario.
- Quienes trabajan en centros de acogida con carácter de urgencia para menores de 18 años en situación de desamparo.
-
Penosidad:Este término hace referencia a la realización del trabajo en
circunstancias excepcionales. Conlleva actividades que suponen un
constante esfuerzo y son dificultosas o aflictivas, como por las que
soportan un exceso de ruido o suciedad.
-
Toxicidad:Se relaciona con la utilización o manipulación de sustancias que pueden
suponer un riesgo excepcional para la salud e higiene del trabajador.
La excepcionalidad de las tareas realizadas es la condición que determina la percepción del plus de peligrosidad
Los pluses de peligrosidad, penosidad y toxicidad son un
complemento salarial de algunas profesiones. ¿Cómo y cuándo se
perciben? Para que los trabajadores puedan recibirlos deben cumplirse
una serie de requisitos, entre los que destacan los siguientes:
-
La retribución de los pluses por trabajos
peligrosos, tóxicos o penosos debe estar prevista de forma específica
en el convenio colectivo de aplicación, o en el contrato individual.
-
Si no hay acuerdo entre empresario
y trabajador, debe ser la jurisdicción laboral la que dictamine que el
puesto de trabajo reúne tales características. Es decir, con carácter
general la negociación colectiva se limita a determinar la cuantía
económica del plus remitiéndose a la jurisdicción laboral para que sea
ésta quien determine las circunstancias de penosidad, toxicidad o
peligrosidad.
Según la jurisprudencia, la excepcionalidad de las tareas
realizadas es la condición determinante de la percepción del plus. De
este modo, cuando la peligrosidad, toxicidad o penosidad sea
consustancial o inherente al puesto de trabajo, no surgirá el derecho
al complemento. Siempre y cuando, por supuesto, se acredite que este
puesto está, por la propia naturaleza de la actividad desarrollada,
expuesto a determinados riesgos.
Además, es importante tener en cuenta que si concurren diversas
condiciones de penosidad, toxicidad o peligrosidad en un mismo puesto
de trabajo, no se genera el derecho a percibir dos o más veces el mismo
complemento, ya que se aplica siempre en la misma medida, al margen de
la multitud de riesgos que puedan ocurrir.
Jurisprudencia y peligrosidad
Aunque las leyes establecen que hay trabajos específicos que,
obligatoriamente, deben percibir pluses de peligrosidad, todavía hoy
muchas empresas no ofrecen estos complementos salariales. La razón
estriba en que su concesión depende, en todo caso, de la libre voluntad
de las partes, quienes pueden o no reconocer su existencia, pues, a
diferencia de las medidas en materia de prevención de riesgos, su
establecimiento no posee carácter necesario de derecho.
Estos pluses son complementos que se utilizan para resarcir al
trabajador de las especiales condiciones en las que realiza su tarea y
que son recogidas en la correspondiente normativa que determina la
actividad laboral, según la jurisprudencia y el Ministerio de Trabajo.
La ley atiende al carácter especialmente peligroso, penoso o tóxico del
puesto, y al hecho de que no puedan considerarse riesgos inherentes a
la categoría profesional desempeñada.
La
concesión de pluses de peligrosidad depende de la libre voluntad de las
partes, quienes pueden o no reconocer su existencia
Contra el "plus" de peligrosidad
No se puede hablar de unanimidad respecto a la concesión de este
tipo de complementos salariales. Así, algunos organismos se oponen
sistemáticamente al llamado plus de peligrosidad. ¿Cuál es la razón?
Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales,
el empresario está obligado a evaluar los riesgos, hacer desaparecer
aquellos que puedan eliminarse y atenuar con medidas preventivas,
primero generales y luego individuales, los que no se eliminen
totalmente.
Reconocer un plus de peligrosidad es admitir que el trabajador
tiene que jugarse la vida o su integridad física en el trabajo, "algo
contrario a la norma y al sentido común". Otra cosa es que, una vez
cumplidas todas las obligaciones preventivas, se considere que un
trabajo tiene una especial penosidad por ser nocturno, por conllevar
turnos o especial disponibilidad, o por realizarse en condiciones
meteorológicas adversas, por ejemplo. En estas ocasiones sí consideran
que se puede pactar una retribución a ese mayor esfuerzo o sacrificio
en forma de pluses de nocturnidad, turnicidad, disponibilidad o
penosidad, "pero nunca de peligrosidad".
EXTENDERLO A OTROS TRABAJOS
Desde hace varios años, diversos tipos de empleados que a simple vista
no requerirían el plus de peligrosidad, como los administrativos o los
profesores, reclaman percibir este complemento salarial.
En concreto, se trata de administrativos que trabajan en hospitales
o centros psiquiátricos -actualmente exentos de este plus- muy
preocupados por los riesgos que padecen en sus puestos laborales. Algo
similar ocurre con los profesores, quienes subrayan que deberían poder
percibir pluses de peligrosidad cuando reciben amenazas por parte del
alumnado.
MARTA BURGUÉS
Consumer
<<< Volver Imprimir PDF
Enviar este articulo a un amigo
Nota Legal
Las direcciones de correo no se almacenan en parte alguna, simplemente son utilizadas para el envio del correo al destinatario