Políticas de mitigación y adaptación al Cambio Climático


CCOO.- En España todos los partidos, incluido el que detenta ahora el Gobierno, propusieron en los programas electorales de 2016 la aprobación de una ley de cambio climático. Pero hemos visto en numerosas ocasiones como la mera aprobación de una ley no garantiza su cumplimiento, unas veces porque sus determinaciones son demasiado genéricas y se obvia su aplicación y otras porque no se instrumentan reglas, financiación o medidas concretas para que las desarrollen las distintas administraciones concernidas. Es el caso de la ley de economía sostenible de 2011, de la de desarrollo sostenible del medio rural de 2007 o de la de rehabilitación, regeneración y renovación urbana de 2013.

Por ello una ley de cambio climático debe contener instrumentos lo suficientemente claros y efectivos como para dar un giro sustancial en la descarbonización de la economía española. Hasta ahora las políticas energéticas, urbanísticas, industriales y de transporte que se han puesto en marcha no han servido para desacoplar, como han hecho la mayor parte de los países europeos, crecimiento económico de emisiones contaminantes.

La ley de cambio climático debe contener un marco jurídico global para dar coherencia a todas las políticas de todas las administraciones públicas y de todos los ámbitos sectoriales que tienen incidencia en el cambio climático, que son casi todos. También debe dotar de seguridad jurídica y predictibilidad a los sectores empresariales para que puedan orientar sus inversiones y actividades en una perspectiva a largo plazo. Hay que establecer una planificación ambiciosa para la lucha contra el cambio climático desde un nivel de la administración del Estado (por ejemplo desde Vicepresidencia) que marque el camino de los planes y políticas sectoriales. Estas políticas sectoriales (transporte, urbanismo, vivienda, energía, industria, agricultura, desarrollo rural, turismo….) deben ser coherentes con la planificación de los esfuerzos climáticos y tener su incidencia en los presupuestos y normativas aprobadas por las administraciones públicas.

Una ley de cambio climático debe marcar objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a corto y medio plazo, en la senda de la total descarbonización y en la perspectiva de una contribución española proporcional y adecuada al objetivo de mantener el aumento de la temperatura media del planeta en menos de 1,5º recomendado en el Acuerdo de Paris.

Para nosotros es fundamental abordar los instrumentos de financiación pública de estas políticas. Si realmente se quiere avanzar en la perspectiva de un nuevo modelo productivo que se encamine hacia una economía descarbonizada hace falta poner en marcha inversión pública e instrumentos financieros específicos, que se nutran, al menos en parte, de la reforma fiscal ambiental que se necesita. Aunque ya existen diversos programas y fondos para sectores y actividades enmarcadas en algunas de las políticas climáticas, normalmente muy escasamente dotados, hace falta dar coherencia, coordinación, suficiente dotación y estabilidad a dichos instrumentos de financiación. Asimismo hay que revisar los instrumentos fiscales para reorientar a los distintos sectores hacia una economía descarbonizada, que incluya medidas de protección y apoyo a sectores y colectivos vulnerables.

Los sindicatos hemos planteado a nivel internacional que en la transición a un nuevo modelo productivo y energético hay que proteger a los trabajadores de los sectores que tengan que transformarse. Se trata de articular en la ley instrumentos para unatransición justade la fuerza laboral, elemento que el movimiento sindical internacional logró que se incluyera en el Acuerdo de Paris pero que hay que dotar de contenido e instrumentalizar a escala nacional. Ello exige que se apoye el desarrollo de sectores alternativos sostenibles y bajos en carbono que sean generadores de empleo y que se proteja a los trabajadores que puedan perder sus empleos financiando alternativas creíbles y viables en las zonas geográficas afectadas. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) ha propuesto un Fondo para la transición justa a escala europea que financie estos procesos de cambio. Un fondo de este tipo debería articularse en nuestro país en el marco de los instrumentos de financiación que se plantean más adelante.

Por último la ley debe incluir mecanismos para la participación de todos los sectores sociales y económicos tanto en la elaboración como en la ejecución de todas las políticas climáticas. La participación debe articularse de manera que se alcancen los mayores consensos posibles, sin los cuales será difícil la aceptación social de las medidas a implementar.


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