El juzgado número 2 de Terrassa a condenado a FETICO por mala fe en su comportamiento como sindicato


CCOO Servicios. - La sentencia es el punto y final al proceso electoral que se produjo a CARREFOUR, y al resto de empresas del sector de los grandes almacenes, al último mes de noviembre, en cuanto a la convocatoria de las elecciones sindicales (iniciadas por FETICO) se planteaba elecciones a un comité de empresa de nueve personas.

Ante la impugnación de CCOO por el censo, puesto que entendíamos que el comité tenía que ser de 13 personas, el árbitro dictaminó que se tenían que volver a repetir las elecciones para constituir un comité de 13.
FETICO trajo esta resolución arbitral a los juzgados y aquí es donde se ha visto patente que un sindicato no puede plantear, de entrada, una reducción del comité si no hay un motivo claro de discriminación y voluntad de hacerle perder representantes sindicales.
Con esta sentencia queda claro que quiere y que hace FETICO, defender siempre los intereses de la dirección de la empresa, aunque sea en contra de los trabajadores y trabajadoras o de sus propios como "sindicato".
El juzgado los ha condenado a pagar 180 euros como sanción por su evidente mala fe, al mismo tiempo que ratifica la resolución arbitral.


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