Convenio de Seguros y Mutuas: Revisión salarial 2015 y tabla salarial definitiva
CCOO Servicios. - En reunión de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Seguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, celebrada el 29 de Febrero, se han aprobado las Tablas Salariales definitivas correspondientes al año 2015, como consecuencia de la revisión salarial establecida en el artículo 39 del Convenio.
01 de marzo de 2016
Una vez constatado por la Comisión Mixta que la variación interanual del PIB del pasado año ha sido del 3,2%, según publica el Instituto Nacional de Estadística, y dado que dicha variación es superior al 2%, las tablas salariales del año 2015 deben contener un incremento salarial del 1,5% con respecto a 2014.
Teniendo en cuenta que, las tablas provisionales para 2015, contenían un incremento inicial del 1%, procede ahora el abono del 0,5% restante con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2015. Esta revisión salarial deberá realizarse en una sola paga en el periodo de dos meses a contar desde el 29 de Febrero.
Los conceptos sobre los que se aplica la revisión salarial son los siguientes: tabla salarial de sueldos base por nivel retributivo, tabla de complemento por experiencia, complementos de compensación por primas, complemento de adaptación individualizado, plus funcional de inspección, plus de residencia y ayuda económica para vivienda en supuesto de traslado.
Los conceptos de Dietas y Gastos de Locomoción para 2015 ya se aprobaron por la Comisión Mixta el 22 de enero de 2015.
La evolución en positivo del PIB, como índice de referencia para la revisión salarial, ha resultado beneficiosa para los trabajadores y trabajadoras del Sector
Desde CCOO Servicios seguiremos apostando por la negociación colectiva sectorial, pues demuestra ser la mejor herramienta para garantizar unas condiciones laborales homogéneas en el Sector de Seguros y Mutuas.
CONVENIO COLECTIVO GENERAL, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO 2012-2015
TABLA SALARIAL 2015 Revisada
-
Grupos |
Niveles |
Sueldo base |
Mensual |
Cómputo anual (X15) |
Grupo I |
Nivel 1 |
2.216,20 |
33.243,00 |
Nivel 2 |
1.874,52 |
28.117,80 |
Nivel 3 |
1.597,47 |
23.962,05 |
Grupo II |
Nivel 4 |
1.366,66 |
20.499,90 |
Nivel 5 |
1.191,17 |
17.867,55 |
Nivel 6 |
1.034,20 |
15.513,00 |
Grupo III |
Nivel 7 |
904,96 |
13.574,40 |
Nivel 8 |
794,16 |
11.912,40 |
Grupo IV |
Nivel 9 |
746,08 |
11.191,20 |
Tabla de complemento por experiencia. Año 2015
-
Grupos |
Niveles |
Importe anual* (en 15 mensualidades) |
Grupo II |
Nivel 4 |
346,29 |
Nivel 5 |
263,17 |
Nivel 6 |
235,47 |
Grupo III |
Nivel 7 |
193,94 |
Nivel 8 |
166,23 |
*Por el multiplicador correspondiente
Conceptos económicos cuantificados en convenio: |
Año 2015 (Euro) |
Plus de Inspección (Art. 35): |
|
|
1.821,85 |
|
910,91 |
Dietas y gastos de locomoción (Art. 40): |
|
|
91,51 |
|
19,36 |
|
0,37 |
Ayuda económica para vivienda (Art. 42): |
|
|
265,35 |
|
353,75 |
Compensación por comida (Art. 41): |
10,70 |
Seguro de Vida (Art. 60): |
23.000 |
|
46.000 |
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