Otra bofetada para Liberbank: La realización de cursos por "invitación" fuera de horario, también es ilegal.
Una vez más, a instancias de una denuncia de CCOO, la Inspección de Trabajo abre expediente por falta grave en grado MAXIMO a Liberbank por "invitar" y realizar cursos de formación fuera de los horarios establecidos en el ERTE en vigor.
Informe que reproducimos al final de este comunicado (en pdf) y que os recomendamos leer por su contundencia.
26 de febrero de 2015
Y es que el informe es muy claro: el tiempo dedicado a la formación es tiempo de trabajo y antes de que los de siempre empiecen a sacar conclusiones equivocadas, con la realización de reuniones ocurre igual.
Leyendo el informe, nos resulta muy curioso observar cómo en la ronda de excusas y justificaciones, la
empresa tuvo la desfachatez de tratar de explicar a la inspectora que
esos cursos eran voluntarios y que los obligatorios, los vinculados al
puesto de trabajo, se realizan durante el horario laboral en turno de
mañana, algo que, por razones obvias, no vamos ni a entrar a comentar.
Ante esas explicaciones, la Inspección, con buen criterio, confirma lo denunciado por CCOO:
-
Que no se trata de acciones formativas ajenas a la actividad bancaria
de la empresa, sino que se trata de cursos ordinarios de la gestión de
los trabajadores en sus puestos de trabajo.
- En cuanto a la
?voluntariedad? de los cursos, además de señalar la irrelevancia de esta
voluntariedad en el marco de una relación laboral complicada, viene a
decir que visto el porcentaje de asistencia a los cursos de formación se
hace una idea de su "voluntariedad".
Por todo ello, la Inspección concluye que
no solo se incumple el horario fijado en el ERTE sino que además no se
retribuye ni compensa a los trabajadores/as por las horas extras
realizadas. Horas extraordinarias que, estando en un ERTE,
recordamos no pueden realizarse salvo en casos de fuerza mayor. Y este
no es el caso.
En CCOO esperamos que cunda el ejemplo
entre el resto de Inspecciones donde también hemos denunciado estas
cuestiones y que las autoridades económicas empiecen a valorar en la
idoneidad de nuestros gestores porque vistas las continuas sancionesimpuestas por los juzgados y las Inspecciones de Trabajo parecería
razonable que, en cumplimiento de su propio código de conducta y
normativa, los responsables de estos quebrantos irreparables a la
entidad asumieran sus responsabilidades y pagaran por ello.
A
diferencia de lo que nuestros gestores comunicaron a la CNMV, al final
va a resultar que son ellos, los directivos (sin comillas) y no los
trabajadores los que suponen un riesgo para la entidad.
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