La patronal tecnológica carga contra el Gobierno por el cierre de páginas web


La polémica está servida. El anteproyecto de ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI), que está elaborando el Ministerio de Industria, ha levantado una oleada de críticas entre las empresas del sector tecnológico y los usuarios de Internet.
02 de enero de 2007

Tal y como adelantó este periódico, el Gobierno pretende, a través de esta norma, que la Administración Pública goce de plena potestad para “interrumpir la prestación” de servicios en la Red. Es decir, que los “órganos competentes” –incluidos los administrativos– puedan cerrar páginas web, sin la necesidad de resolución judicial.

El Consejo Asesor de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (Catsi) –órgano asesor de Industria–, en una reunión mantenida el pasado 1 de diciembre con representantes del Ministerio, ya expuso claramente su rechazo a esta intención del Gobierno. A partir de entonces, se abrió un periodo de alegaciones que culminó el pasado día 27.

Las críticas no sólo se mantienen sino que, incluso, se endurecen. Así, la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (Asimelec) valora de forma positiva la mayoría de reformas que introduce la norma.

Competencias
Sin embargo, la patronal tecnológica incide en que la alusión a un “órgano competente”, como entidad controladora, que hace el proyecto “supone incurrir en un riesgo cierto de administrativización de competencias que, en España, la Constitución reserva en exclusiva al Poder Judicial”. Según señala en el documento enviado a Industria –al que ha tenido acceso este periódico–, la Administración carece de legitimidad para intervenir “en cuestiones que pueden afectar a la libertad de expresión e información”.

Pues, en tales materias es “imperativo” cumplir el artículo 20.5 de la Constitución: sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial. Según la patronal, el Gobierno “aparentemente” pretende aclarar en el proyecto los supuestos en que dicho órgano competente es la Autoridad Judicial.

Inconstitucional
Sin embargo, la actual redacción refuerza la idea de que la autoridad jurisdiccional “es la excepción y no la regla”. El problema es que resulta “difícil” que las restricciones a la libertad en Internet –como es el caso del cierre de páginas de contenidos– “no afecten a los derechos y libertades de expresión y de información”, según las alegaciones. Los internautas también coinciden en el diagnóstico que realiza la industria tecnológica.

La Asociación de Internautas (AI), miembro del Catsi, va incluso más allá, al tildar el proyecto de “inconstitucional”. Los artículos 8 y 11 de la nueva norma establecerían un sistema de “censura administrativa previa” en Internet, algo que contradice el ordenamiento jurídico español. En el texto enviado a Industria, esta asociación remarca que “la Administración Pública no puede, por mandato constitucional [nuevamente el artículo 20], intervenir publicaciones sin una orden judicial”.

De este modo, en ningún caso un órgano administrativo –desde un ayuntamiento hasta un ministerio–, en ejercicio de sus competencias, puede “ordenar la interrupción o cese de una publicación –en papel o digital–” sin que ello vulnere el derecho a “recibir información” y a “la libertad de expresión”, según expone esta asociación al Ministerio.

Manuel Llamas
Expansion


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