CCOO y UGT han suscrito una Declaración en relación a la externalización
de servicios a través de empresas multiservicios, en la que demandan
una mejor y mayor regulación del fenómeno de la externalización y
subcontratación mediante los convenios colectivos sectoriales y las
reformas legislativas necesarias.
Ambos sindicatos alertan de que la proliferación en el mercado de las
empresas de externalización puede suponer el debilitamiento de las
condiciones de trabajo en las empresas principales, la reducción de los
derechos laborales y la reducción de los salarios, y que la reforma
laboral, al otorgar al convenio de empresa la prioridad aplicativa de
aspectos esenciales de la relación laboral, frente al sectorial, ha
agravado la situación de forma cuantitativa y cualitativa.
A continuación reproducimos el texto íntegro de la Declaración, en la que se detallan las actuaciones sindicales a seguir.
Las
Confederaciones Sindicales de CCOO y UGT, reunidas el pasado 12 de
marzo, coinciden en el análisis de la problemática existente en relación
a la externalización de servicios a través de empresas multiservicios,
así como a los efectos de la creciente creación de nuevos convenios en
este tipo de empresas.
La externalización de servicios se extiende
cada vez a más tipos de actividades, sectores y empresas. La
subcontratación de actividades, la sucesión de empresas y la cesión
ilegal de trabajadores son situaciones que, con frecuencia, vienen
asociadas a la actividad de las empresas multiservicios.
La
proliferación en el mercado de las empresas de externalización puede
suponer el debilitamiento de las condiciones de trabajo en las empresas
principales, la reducción de los derechos laborales y la reducción de
los salarios, a través simplemente de la creación de mercantiles a las
que se les dota de un convenio colectivo propio, inferior siempre a los
salarios de los convenios del sector. De esta manera, se degradan las
condiciones de trabajo, y se producen situaciones de desigualdad en las
condiciones laborales de los trabajadores.
Las consecuencias más
patentes son el incremento de la competencia desleal entre las empresas
de un mismo sector, la implantación de dobles escalas salariales, la
reducción de las plantillas oficiales, y la apertura de nuevos espacios
no regulados que escapan al control de la cesión ilegal de los
trabajadores. A través de la Ley 14/1994, sólo se permite la
contratación de trabajadores temporales para cederlos temporalmente a
otra empresa a través de las ETTs, por lo que se hace necesario evitar
la utilización de la técnica de la contrata o subcontrata para burlar
las exigencias legales.
La reforma laboral, al otorgar al convenio de
empresa la prioridad aplicativa de aspectos esenciales de la relación
laboral, frente al sectorial, ha agravado la situación de forma
cuantitativa y cualitativa.
UGT y CCOO hemos manifestado en
reiteradas ocasiones que la normativa no está adaptada a estas nuevas y
crecientes actividades, lo que convierte en necesaria su revisión. Es
imprescindible que no siga extendiéndose la reducción del campo de la
relación contractual, en pro de la expansión de las formas civiles y
mercantiles de prestación de servicios. La nueva regulación deberá
articular que estas nuevas formas de organización productivas no generen
situaciones laborales discriminatorias.
La acción sindical y la
negociación colectiva son estrategias fundamentales para defender el
marco sectorial y limitar la invasión indiscriminada de actividades de
estos convenios de empresa.
Ante esta nueva realidad productiva y la
situación del marco legal y contractual, ambas organizaciones apuestan
por coordinar conjuntamente cuantas acciones sean necesarias para
conseguir una mejor y mayor regulación del fenómeno de la
externalización y subcontratación mediante los convenios colectivos
sectoriales y las reformas legislativas necesarias. Para ello, los dos
sindicatos, UGT y CCOO, acuerdan llevar a cabo, entre otras, las
siguientes actuaciones:
1.- No promoverla creación de nuevos
convenios colectivos en empresas multiservicios en tanto no se reforme
el marco legal y convencional.
Aquellas negociaciones de convenios de
empresa multiservicios que se encuentren ya abiertas, deberán intentar
comprometer la aplicación, al personal de sus plantillas que intervenga
en la ejecución de una actividad para una empresa cliente, de las mismas
condiciones, salariales y laborales, que tengan las plantillas de la
empresa cliente o al menos las establecidas en el convenio sectorial
aplicable a la actividad desarrollada.
En cualquier caso, no se
firmarán convenios que no cumplan con las mínimas garantías laborales y
salariales recogidas como base en el cuerpo de esta declaración.
2.-
Hacer un seguimiento conjunto por las correspondientes Federaciones de
los nuevos convenios de empresas multiservicios para impugnar, con el
consenso confederal, aquellos en los que se encuentren indicios de
vulneración de la legalidad vigente.
3.- Crear grupos de trabajo de
ámbito federal y/o confederal para abordar de forma conjunta la
evolución de la situación y las actuaciones que sea preciso desarrollar
de forma conjunta o coordinada, en el ámbito de la negociación
colectiva, diálogo social, procedimientos judiciales o promoción de
elecciones sindicales.
4.- Hacer propuestas conjuntas para regular y
limitar los procesos de externalización de servicios en los convenios
sectoriales de los distintos ámbitos. Promover la inclusión en los
convenios sectoriales y en los convenios de las empresas principales, de
cláusulas que preserven las condiciones mínimas aplicables a los
trabajadores/as de las empresas subcontratadas.
5.- Elaborar una
propuesta sindical de reforma del marco legal a presentar a las
confederaciones empresariales y al Gobierno para su negociación, así
como a los partidos políticos para que se comprometan con una actuación
legislativa de apoyo a los contenidos de la propuesta sindical. A tal
efecto, se creará un grupo de trabajo para la elaboración del análisis
del actual marco legal y la elaboración de la propuesta sindical de
modificación del mismo.