España es el país europeo con menos trabas para la pensión de viudedad


Los socios comunitarios vinculan la prestación a rentas e hijos
19 de junio de 2006

Las condiciones para acceder a una pensión de viudedad en España son las más laxas de la Unión Europea, aunque la cuantía es aún muy baja. Esa prestación, que cobran 2,2 millones de personas, se concede de forma vitalicia e independientemente de las rentas. En el resto de Europa suele estar vinculada a los ingresos familiares o tiene carácter temporal. La mayor dependencia económica de la mujer durante años explica la excepción española.

Una viuda con propiedades inmobiliarias, un salario y divorciada de su cónyuge tiene derecho a una pensión ordinaria en España. Es prácticamente el único país de la Unión Europea donde ese tipo de perfil no supone una rebaja o directamente la pérdida del derecho a la pensión, según datos de varios estudios de expertos y del Ministerio de Trabajo.

La situación de dependencia que la mayoría de las mujeres ha mantenido durante años respecto a su cónyuge explica esta estructura en España. "La principal finalidad de la pensión es suplir rentas de la unidad familiar. Y hace unos años la mayoría de las mujeres no trabajaba", explica César Gómez Garcillán, subdirector general de Gestión de Prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Italia, culturalmente próxima a España, es el país cuyo modelo de viudedad más se asemeja. Pero la situación comienza a cambiar. En Italia conviven dos regímenes: uno anterior a 1995, que permite compatibilizar la pensión con otras rentas, y el moderno, que vincula el derecho a los ingresos percibidos.

Cambios en el futuro

Algo similar ocurrirá pronto en España. El acuerdo de pensiones que Gobierno, patronal y sindicatos firmarán este mes traslada al Parlamento la responsabilidad de pensar en qué quedará esta prestación para los nacidos a partir de enero de 1967. "A medida que la mujer se va incorporando al trabajo, desaparece la finalidad de la pensión como sustitución de rentas", añade el experto de la Seguridad Social. En la actualidad, la pensión asciende al 52% de la base reguladora del cónyuge (el 70% si tiene cargas familiares o si la pensión constituya la principal fuente de ingresos). El Gobierno ha renunciado, al menos por el momento, a retirar esa prestación a los beneficiarios con ingresos más altos, como en un principio se planteó.

Un país con alto nivel de bienestar social como Dinamarca no tiene establecida una pensión de viudedad. En Suecia es temporal y en Noruega está vinculada a los recursos. En los países nórdicos, alrededor del 60% de las mujeres trabaja fuera de casa.

Lo que sí ocurre en esos Estados es que, cuando existe pensión de viudedad, se extiende a las parejas de hecho. Algo menos de la mitad de los países tienen reconocida algún tipo de ayuda en caso de convivencias sin matrimonio, principalmente cuando existen hijos. En España el acuerdo de pensiones introducirá por primera vez la prestación para parejas de hecho, con requisitos de convivencia y de dependencia económica.

La menor protección por viudedad corresponde en general a los países del Este. En Letonia, por ejemplo, no existe prestación salvo excepciones; en Lituania se cuantifica en un 20% de la pensión del fallecido y en Eslovaquia dura un año.

Uno de los elementos más homogéneos es la pérdida del derecho por nuevo matrimonio o si la pareja se divorció antes del fallecimiento. En España ninguna de estas circunstancias resta el derecho (sólo lo reduce en caso de que el fallecido se hubiera vuelto a casar). En este terreno, Polonia es más benévola que España: los beneficiarios conservan la prestación aunque vuelvan a casarse.

LUCÍA ABELLÁN
http://www.elpais.es


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